La Municipalidad de Pampayasta Sud emitió un recordatorio oficial dirigido a las familias sobre los plazos y requisitos legales para mantener al día el Documento Nacional de Identidad de los menores de edad.
Mantener el documento vigente es una obligación normativa exigida por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). Para aportar claridad técnica, cruzamos los datos de la comunicación municipal con la legislación nacional y desglosamos la información confirmada:
Etapa Primaria: Actualización de los 5 a 8 años
- La primera actualización obligatoria debe realizarse en la franja de edad que abarca desde los 5 hasta los 8 años. En esta instancia, el Estado toma el primer registro biométrico completo del menor, incorporando su firma, foto actualizada y huellas dactilares.
- Documentación: Es un requisito ineludible presentar la partida de nacimiento. Además, la ley exige que el menor asista al Registro Civil acompañado por su madre, padre o tutor legal, quien también deberá presentar su propio DNI en vigencia.
Etapa Secundaria: Actualización a los 14 años
- La segunda y última actualización obligatoria por edad se efectúa al alcanzar los 14 años.
- Documentación: El ciudadano debe presentarse con una copia de su partida de nacimiento y entregar el DNI anterior.
- Autonomía del trámite: A partir de esta edad, el adolescente puede gestionar la actualización por sus propios medios y firmar la documentación, ya que no es necesaria la compañía de un adulto responsable en las oficinas.
(Fuentes de información: Comunicación oficial de la Municipalidad de Pampayasta Sud del 2 de marzo y normativas vigentes del Registro Nacional de las Personas)